viernes, diciembre 16, 2016

Anna entrega las firmas y el ministro Català nos toma el pelo!/Ley emilia ya !




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Anna entrega las firmas y el ministro Català nos toma el pelo! ( mi opiniòn)
Lo que me temìa, el ministro le da a Anna una larga cambiada...
he puesto en negritas lo que me ha encendido màs La noticia màs abajo :
"cabrìa perfeccionar su calificaciòn"
Claro que no , tiene que ser una ley nueva con diferente calificaciòn
"El ministro ha negado que la reforma del Código Penal haya generado impunidad"
¿que los culpables estèn en la calle no es impunidad ?
"tenía una sanción inferior a la que hoy tiene"
o sea que antes le daban una gratificaciòn !
El ministro habla de dar instrucciones a los fiscales, para retirar el permiso y meter en la càrcel, pero lo que queremos es que la ley sea taxativa y se aplique de forma automàtica, no que dependa de la voluntad de un fiscal de ser severo.

Entiendo que el problema de las tareas infantiles es importante, para discutirlo en el congreso ( lo que ha ocurrido èstos dìas ), pero es màs importante que mueran todos los dìas ciclistas en la carretera y los asesinos estèn en la calle.
No se trata de perfeccionar la calificaciòn , queremos una ley nueva , la ley Emilia que acabe con la impunidad .



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Justicia revisará la calificación de las imprudencias graves en accidentes de tráfico

ECOLEY15/12/2016 - 19:300 Comentarios


El ministro de Justicia, Rafael Catalá, durante su reunión con Anna González, viuda de Óscar Bautista. eE


El ministro de Justicia, Rafael Catalá, se ha reunido en la sede del Ministerio con Anna González, viuda de Óscar Bautista, ciclista que murió arrollado por un camión en octubre de 2013. González le ha entregado las más de 180.000 firmas recogidas a través de la plataforma Change.org, con las que se solicita la reforma de los artículos del Código Penal que regulan el homicidio por imprudencia y la omisión del deber de socorro.

Catalá se ha comprometido a estudiar si cuando se produce un incumplimiento grave de las normas de circulación, como ha ocurrido en este caso, cabría perfeccionar su calificación dentro de las imprudencias tipificadas como graves. El ministro se ha mostrado dispuesto también a revisar si el concepto de omisión del deber de socorro, tal como está tipificado actualmente, es insuficiente para la atención a las víctimas de accidentes de tráfico, habida cuenta del especial riesgo que la conducción implica, y en su caso, introducir una obligación de asistencia adicional, especialmente en el supuesto del fallecimiento de la persona accidentada. De esta forma podría evitarse la circunstancia, como ha declarado la jurisprudencia del Tribunal Supremo, de que cuando se produce el fallecimiento instantáneo de la víctima, como en el caso de Óscar Bautista, no puede haber delito de omisión del deber de socorro al tratarse de un delito imposible por no haber una persona viva en situación de desamparo.

El ministro de Justicia ha mostrado su voluntad de fortalecer la colaboración con la Fiscalía de Seguridad Vial para mejorar la sensibilización en la interpretación que se hace de los tipos penales en el caso de accidentes de circulación por imprudencia grave.Catalá se ha comprometido a empezar a trabajar en estas iniciativas en las próximas semanas y a estudiar su inclusión en una posible revisión de la reforma del Código Penal en esta legislatura. Asimismo, ha subrayado la conveniencia de reformar aquellas leyes que no responden de forma eficaz a determinadas realidades cotidianas para evitar que puedan producirse en el futuro casos como el de Óscar Bautista.

El ministro ha negado que la reforma del Código Penal haya generado impunidad en causas similares a ésta y de lo que se trataría, en este caso concreto, es de una calificación inicial de imprudencia leve que puede ser corregida por la vía de recurso de apelación, como así ha sucedido en el caso de Anna González. Catalá ha recordado, no obstante, que lo que antes estaba calificado como imprudencia leve y tipificado como falta en el ámbito penal tenía una sanción inferior a la que hoy tiene en el ámbito administrativo y de la responsabilidad civil, como consecuencia de la reforma del Código Penal llevada a cabo en 2015.
http://www.eleconomista.es/flash-ecoley/noticias/8028963/12/16/Justicia-revisara-la-calificacion-de-las-imprudencias-graves-en-accidentes-de-trafico.html
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Lo que dice el Marca
El ministro está de acuerdo en dotar a los fiscales de medios para que puedan castigarse estos hechos con sanciones importantes: retiradas prolongadas de los permisos de conducción y penas de cárcel en los casos que puedan corresponder.

http://www.marca.com/ciclismo/2016/12/15/5852a44ee2704e4e148b45e9.html

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Lo que dice Onda Cero
Catalá ha anunciado que se reformarán los artículos del Código Penal que tipifican ambas conductas, el 142 (homicidio por imprudencia) y el 195 (omisión del deber de socorro).
http://www.ondacero.es/noticias/espana/catala-plantea-agravar-consideracion-penal-imprudencias-volante-reunirse-anna-gonzalez_201612155852fb530cf27b766ce02ccc.html
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Firma la peticiòn ahora !


Dirigida a secretario general de los 4 principales partidos PP,PSOE, Ciudadanos y Unidos Podemos los políticos
Promulgar la ley Emilia para los conductores borrachos o drogados en España


Cecilio Benito, El Altet, España

Todos los años mueren 50 ciclistas en nuestro paìs , muchos son arrollados por conductores borrachos o drogados. Si borracho, o drogado,atropellas a un ciclista y huyes cobardemente de la escena, a lo màximo a lo que te pueden condenar es a 4 años de càrcel .

Hace casi dos años que està en vigor en Chile la ley Emilia que castiga duramente èstas conductas. Propongo que se aplique en España.Esta es la ley :

Septiembre 20, 2014
Ley Emilia: Las nuevas penas para conductores
La nueva ley busca promover la conducción responsable con el lema "si bebes o te drogas no conduzcas". De lo contrario,los conductores serán sancionados con penas de hasta 10 años de cárcel.
La “Ley Emilia”, vigente desde esta semana , eleva las penas sancionando con cárcel efectiva de al menos un año a las y los conductores que manejen en estado de ebriedad y drogadicciòn y que generen lesiones gravísimas (daño neurológico, invalidez, inhabilidad permanente para trabajar o amputaciones) o la muerte en accidentes de tránsito.
Penas
Si usted causa lesiones gravísimas a otra persona será sancionado con prisión desde 3 años y un día hasta 5 años, además de una multa, incautación del vehículo y retirada perpetua del permiso para conducir.
Si usted le causa la muerte a una persona en accidente de tránsito, será sancionado con prisiòn desde 3 años y un día hasta 10 años.
Si usted se fuga del lugar del accidente, aunque no esté bajo los efectos del alcohol,o las drogas, será sancionado con prisiòn desde 3 años y un día hasta 5 años, y retirada perpetua del permiso para conducir, multa y la incautación del vehículo. Tendrá la misma pena si se niega a someterse a los exámenes correspondientes.
Si el conductor o conductora es reincidente, tiene licencia profesional y está en ejercicio de sus funciones, o conduce con licencia cancelada o inhabilitada a perpetuidad, la sanción se eleva a prisiòn desde 5 años y un día hasta 10 años, si causa la muerte de una persona.




change.org/p/los-polìticos-promulgar-la-ley-emilia-para-los-conductores-borrachos-o-drogados-en-españa

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